Por: José Renán Trujillo
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José Renán Trujillo |
Constitucionalmente hablando,
nuestro país define al referir e a niño o niña, que es la persona entre 0 y 12 años
de edad y adolescente, la persona entre los 12 y los 18 años de edad.
Y establece que tal definición no
privan a los adolescente de la protección especial que les brindan la
Constitución Colombiana y la Convención sobre los derechos del niño, en armonía
con otros instrumentos internacionales y en cambio son definiciones necesarias
en la regulación legal sobre la
protección de los menores, que permiten determinar los marcos respectivos para
el diseño y la ejecución de los planes y programas sobre los niños en sentido
estricto o restringido y sobre los adolescentes.
Bajo ese preámbulo; mientras
algunos dicen que la ley contra los menores es demasiado laxa y que ellos
pueden ir por la vida haciendo de las suyas, como si nada, la justicia
colombiana nos está dando nuevas luces, sobre los posibles rumbos que pueden
surgir en casos de extrema gravedad.
Me refiero, especialmente, a la decisión
tomada por la Fiscalía de abrir una imputación de cargos contra un estudiante,
un menor de edad, del Colegio Andino de Bogotá; al parecer, porque en diciembre
pasado, supuestamente , abusó sexualmente de una joven de la misma institución,
durante un bazar. Esta decisión no tiene
precedentes en nuestro país pero marca un rumbo importante, sobre los giros que
puede tener la justicia colombiana a la hora de revisar situaciones que a claras
luces son infracciones que para nada son “menores” y que marcan de por vida
tanto a la víctima como al victimario. Y es que si lo miramos bien, a la vuelta
de unos años, ese menor infractor de la
ley puede convertirse en un adulto, cuyas acciones tal vez puedan llegar a
afectar, de manera sensible, a toda una sociedad.
El caso invita a la justicia y al Congreso de
la República, para que se haga una
revisión juiciosa del llamado Código de Infancia y Adolescencia que desde el año 2006 es el garante de los derechos de los menores de edad en el territorio
colombiano; y sobre el que han llovido sendas críticas, especialmente, cuando
hay casos de menores que se prestan para cometer hurtos, asesinatos,
extorsiones y demás actividades ilícitas que, en ocasiones, no son castigadas
con el rigor debido. La situación
también insta a reflexionar sobre el rol que juega la escuela. Es cierto que el
comité de convivencia escolar debe intervenir y tomar medidas; pero ¿quién
garantiza que ese joven no seguirá cometiendo otro tipo de abusos en otros
espacios?
Este caso es un llamado a las
generaciones más jóvenes de nuestro país para que tomen conciencia de la
legislación que nos rige desde que nacemos en este territorio. Y a la fiscalía
para continuar esa senda que garantice sentar precedentes necesarios en nuestra
sociedad.
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