lunes, 22 de octubre de 2018

EL ABORTO: UN DERECHO DE LA MUJER



La causal más invocada entre los años 2006 y 2015 para solicitar interrupción voluntaria del embarazo, fue la de riesgo para la salud o vida de la madre; seguida de la de malformación del feto y finalizando con la de violación. Tres situaciones que permiten el aborto en nuestro país después de doce años transcurridos desde cuando el magistrado de la Corte Constitucional Carlos Gaviria Díaz dejó sentado ese principio histórico, en una ponencia que hoy es el soporte fundamental para que las mujeres hagan valer este derecho en Colombia. 

Informes recientes dan a conocer que esta práctica se presenta con mayor frecuencia en los estratos 2 y 3 de la población que según el último censo - cuyos resultados finales aún no se conocen- se acercaría, sin pasar, a los cuarenta y cinco millones de habitantes. El rango de edad donde más se observa la práctica del aborto voluntario es entre los 19 y los 29 años; y el porcentaje de crecimiento de abortos legales atendidos en Profamilia crecieron en un 63%.

Nuevamente vuelve a ser el aborto tema de debate en razón a que la semana anterior la Corte Constitucional no solo se negó a poner un límite de 24 semanas para su realización, en los tres casos permitidos en el país, sino que denunció que aunque fue despenalizado parcialmente, las instituciones de salud siguen poniendo barreras para que las mujeres puedan ejercer su libre derecho a interrumpir el embarazo en una flagrante violación a lo establecido en la sentencia de la Corte que salvaguarda nuestra Constitución Nacional.

La norma establece que las instituciones médicas deben responder en cinco días las solicitudes de interrupción voluntaria del embarazo; pero son tales las exigencias de ver a varios médicos y especialistas y la inscripción en listas de espera, que pasan los días sin obtener respuesta alguna quedando perdida en la maraña de las trabas administrativas.

La sentencia de la Corte establece que cuando un médico argumenta objeción de conciencia para no realizar el aborto se debe encontrar otro profesional que realice el procedimiento, en la práctica eso no se cumple. Por el contrario, se presentan objeciones de conciencia institucionales y colectivas.

En los tres casos autorizados se exige un concepto de un médico que avale el aborto. Pero se exigen múltiples conceptos, juntas médicas, visitas con sicólogo y hasta permiso de terceros incluidos pareja o familiares.

Y para acabar de completar el tortuoso tránsito para lograr realizarse un aborto voluntario enmarcado en alguna de las tres causales autorizadas, aún hay instituciones médicas que no cuentan con profesionales que tengan el conocimiento sobre cómo ofrecer y prestar este servicio que es, lo reitero, un derecho de las mujeres.

Todo lo anterior ha dado lugar para que actuales Magistrados de la Corte Constitucional expresen que constituye no solo "violencia contra la mujer", sino que puede asimilarse a tratos "crueles e inhumanos".

Ojalá el pronunciamiento que se advierte saldrá esta semana como nueva sentencia de la alta corte sea lo suficientemente clara como para que actúe de inmediato el Congreso de la República y el Gobierno Nacional en la reglamentación de la norma.

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