martes, 16 de agosto de 2016

" La pedagogía del plebiscito,debe iniciar con la publicación del fallo de la Corte"

Por: José Renán Trujillo

Feliz inicio de semana
 
Por fin se ha conocido el texto del fallo de la Corte Constitucional sobre la viabilidad de la convocatoria de un plebiscito y los pasos a seguir para lograr su objetivo.

El primer paso debe ser la expedición de una directiva presidencial que con claridad instruya al gobierno nacional, a los departamentales y municipales sobre el procedimiento a seguir para el cumplimiento de lo establecido por la Corte. Además, ninguna entidad pública puede salir, desde este momento, a promover el voto por el “Sí’’. De manera excepcional solo unos ciudadanos, que de manera ocasional, ocupan unos altos cargos, podrán expresar su opinión al respecto. 

Foto: Wp.presidencia.gov.co (Detalle) 

Pero el fallo inhibe a las entidades públicas a salir con afiches, palomas blancas o cualquier tipo de expresión favorable a una campaña que promocione el respaldo ciudadano al ‘’Sí”.

Si lo hacen,  los funcionarios estarían violando las normas; generando la apertura de investigaciones disciplinarias por la Procuraduría y fiscales por la Contraloría, además de cruzar el límite de las normas penales, incurriendo en posible peculado, si esas promociones se han hecho con dineros públicos.

El fallo de la alta corte establece que solo cuando los acuerdos estén totalmente finalizados y firmados; y su texto radicado oficialmente ante el Congreso, podrá el Presidente de la República elevar ante el poder legislativo, la solicitud de autorización de fecha para la convocatoria y realización del plebiscito. 

Además, se desprende del fallo que nada se le podrá cambiar al texto de los acuerdos una vez se hallan surtido las anteriores etapas. Asimismo, la Corte incluye en su fallo que se podrá salir a adelantar una campaña pedagógica de amplia difusión en todo el territorio nacional pero con carácter neutro y deberán ser estrictamente informativas  para conocimiento de la ciudadanía. 

No se podrá hacer publicidad ni promoción para que vote el ciudadano por el “sí”, en respaldo a esos acuerdos que estará conociendo.
 
Y lo más importante que todo colombiano debe tener en cuenta con este fallo de la Corte cuya función es la salvaguarda de la constitución: el plebiscito no es para expresar estar de acuerdo o en desacuerdo con los seis años del gobierno de Juan Manuel Santos, ni para estar de acuerdo o en desacuerdo con la paz.  Es para expresar mediante el voto libre; si se apoyan políticamente o no, los acuerdos a que ha llegado el gobierno con las Farc. 

De esta manera, el primer paso de pedagogía debe ser la publicación y explicación del fallo de la Corte.  Es un deber del gobierno hacerlo y un derecho de la ciudadanía para conocerlo y entenderlo.

Para todos, un buen día.

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